Queremos comenzar recordando que el Teletrabajo era uno de los temas que la Sección Sindical de UGT llevaba en su propuesta de objetivos de esta legislatura.
Desde entonces, hemos realizado un esfuerzo constante analizando diversos reglamentos de teletrabajo de otras Diputaciones (al final del artículo compartimos una lista con algunos de ellos). Este trabajo lo comenzamos mucho antes de lo que podría parecer, como evidencia este esquema fechado en enero de 2024.
Todo este esfuerzo lo hemos estado realizando en silencio, sí. Trabajando en nuestro compromiso.
Esta situación nos ha permitido dar un paso adelante, cuando el caldo de cultivo ha sido el adecuado.
Fruto de este trabajo constante, en la mesa de negociación del día 14 de mayo, UGT fue el único sindicato que presentó una propuesta con puntos clave a tratar en la negociación colectiva.
Ante la receptividad mostrada, avanzamos en esa línea, construyendo una propuesta más amplia, adaptada a la realidad de la DPH.
Dos semanas más tarde, los otros sindicatos publicaron su propuesta.
Desde UGT hicimos otro esfuerzo más, analizamos la propuesta de los otros sindicatos y unificamos en un único documento (que enviamos sólo a los otros dos sindicatos) con el objetivo de unificar y consensuar criterios, y poder presentar una propuesta conjunta.
El día 3 de Julio se celebró la Junta de Personal y Comité de Empresa, donde CSIF solicitó una mesa de trabajo. El objetivo de esta mesa era la de trabajar en una propuesta conjunta y consensuada entre los sindicatos con representación. Lo cual aceptamos con buena fe.
Lamentablemente, en la mesa de trabajo, se bloqueó por parte de CSIF la creación de un trabajo colaborativo, por lo que ha sido imposible crear una propuesta conjunta. Su posición era la de que avaláramos su propuesta, sin poder realizar un trabajo conjunto.
Por nuestra parte, habíamos detectado que su propuesta publicada presentaba incoherencias y contradicciones internas, que merecían discusión y negociación firmes. Además, en ocasiones defendían verbalmente posiciones contrarias a lo escrito en su propia propuesta, creando aún más confusión. Algunos ejemplos concretos son:
- El artículo 21 indica un máximo del 60% de días de teletrabajo, mientras que la Disposición Adicional Tercera señala un máximo del 45% (2,25 días).
- Los artículos 10.1 y 10.2 sobre recursos materiales proporcionados por la DPH se contradicen entre sí.
- Los artículos 24 y 25 crean dos comisiones diferentes cuyas funciones claramente se solapan en términos de seguimiento.
- Defienden verbalmente que no debe existir obligación de indicar un domicilio concreto para teletrabajar, pero el artículo 7.f) de su propuesta sí lo exige.
- Art. 6.2, declaran que no son susceptibles los puestos de trabajo que desempeñen funciones y tareas de dirección, supervisión o coordinación de equipos de trabajo.
Por lo que, ante la negativa de CSIF de crear una propuesta conjunta, sentimos profundamente que nuestras compañeras y compañeros no vayan a disponer de un reglamento consensuado, como era nuestro objetivo desde el primer momento.
Por nuestra parte, hemos mejorado nuestra propuesta, que os enlazamos aquí.
DOCUMENTACIÓN ANALIZADA POR UGT
Reglamentos de Regulación del Teletrabajo:
- Regulación inicial en la Diputación de Barcelona
- Reglamento Teletrabajo Diputación Provincial de Cádiz
- Reglamento Teletrabajo Diputación de Córdoba
- Reglamento de Teletrabajo en la Diputación Provincial de Sevilla
- Reglamento Teletrabajo Junta de Andalucía (Borrador)
- Administración General de la Diputación Foral de Álava
- Reglamento Teletrabajo Diputación Provincial de Cuenca
- Reglamento Teletrabajo Diputación Provincial de Guadalajara
- Reglamento Teletrabajo Diputación Provincial de Cáceres
- Reglamento de Teletrabajo de la Diputación Provincial de Segovia
La Prevención de Riesgos Laborales en los Puestos de Teletrabajo del Sector Público:
Informe de Jefatura de Autorización de Teletrabajo:
Plan Individualizado de Teletrabajo: