lunes, 29 de octubre de 2012

Jubilación Parcial en la Reforma de las Pensiones



Desde la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores nos informan de que el próximo 31 de diciembre finaliza el plazo de vigencia de la actual normativa (anterior a la Ley 27/2011 que fija su entrada en vigor el 1.1.2013) en materia de jubilaciones parciales con contrato de relevo. 


Nos indican igualmente que los futuros cambios normativos en esta materia hacen presagiar que las condiciones variarán notablemente, lo que al final dará lugar a desventajas con respecto al actual sistema, vaticinándose incluso la desaparición de la jubilación parcial.

Por todo ello los compañeros/as de la FSP están a disposición de quien quiera recibir información adicional sobre esta y otras cuestiones.



2 comentarios:

  1. Pero al final ¿podemos, los trabajadores de la Diputación de Huelva , seguir acogiendonos a la jubilacion parcial igual que antes de la última reforma laboral o no?

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  2. En cuanto a este asunto recomendamos leer el blog bajo la etiqueta jubilacion parcial:

    http://ugthuelvadiputacion.blogspot.com.es/search/label/jubilaci%C3%B3n%20parcial

    Ahora mismo lo que sabemos es que para acceder a la misma los requisitos son 61 años cumplidos y 35 años cotizados. Siendo al 50% del tiempo es decir, se trabajarian 6 meses al año.

    No obstante recomendamos dirigirse con cada caso a la administración de la Seguridad Social y a la Jefatura de Recursos Humanos.

    Cualquier otra cuestión podéis dirigirla a ugtdiputacion@diphuelva.org. Gracias

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